El empleo formal puede salvar vidas |
Violeta Alegre es activista por los derechos del colectivo travesti-trans en Argentina, escritora y actualmente se desempeña como titular en la Oficina de Identidad de Género y Orientación sexual en el Observatorio de Género en la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires.
Pasada la 1:00 de la madrugada del viernes 11 de junio, tras una sesión histórica en la Cámara de Diputados de Argentina, donde durante cuatro horas se escuchó por primera vez a muchos políticos nombrar a la población trans así como reconocer las vulneraciones sistemáticas a nuestros derechos, se dio media sanción al Proyecto de Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero “Diana Sacayán-Lohana Berkins”, con 207 votos afirmativos, 11 negativos y siete abstenciones.
Quienes tuvimos el honor de estar presentes en la sesión, escuchamos nuestros propios relatos en voces de diputados que fundamentaban la deuda histórica por parte del Estado. Relatos como el de Tehuel de la Torre, un varón trans desaparecido desde el 11 de marzo de 2021, quien fue nombrado por varios diputados al pedido de “aparición con vida para Tehuel”. Muchxs nombraron una realidad insoslayable: nuestra esperanza de vida es de 35 a 40 años y esto tiene que ver con nuestra expulsión de la sociedad desde que somos niñxs y adolescentes.
La diputada Mónica Macha, presidenta de la Comisión de Géneros y Diversidad de la Cámara, y quien ha sido un motor fundamental para esta ley, inició la argumentación del proyecto, cuya redacción unifica a otros 15 ya presentados con anterioridad y se articula con el vigente Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 721/2020 aprobado en septiembre de 2020 por el presidente Alberto Fernández.
Este DNU ya había establecido la aplicación del cupo laboral para personas travestis y trans en el sector público nacional —los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, ministerios públicos, organismos descentralizados o autárquicos, entes públicos no estatales, empresas y sociedades del Estado—, a través del cual los puestos laborales deberían estar ocupados por un porcentaje no menor a 1% por personas travestis, transexuales y transgéneros. Previamente, siete provincias argentinas (Buenos Aires, Chubut, Río Negro, Chaco, Santa Fe, Entre Ríos y La Pampa), además de 50 localidades y municipios, ya contaban con un cupo por intermedio de leyes locales y ordenanzas.
Este proyecto consensuado con el activismo es el producto de décadas de lucha del colectivo LGBTIQ+ y en particular de las referentes travestis y defensoras de derechos humanos Lohana Berkins, fallecida en 2016, y Diana Sacayán, asesinada en 2012 (por su crimen, la Justicia habló por primera vez de “travesticidio” y estableció una condena), a quienes se les rinde homenaje con el nombre de la ley. Durante el debate en la Cámara de Diputados, se citaron muchas de sus frases que hoy son emblema.
“Si una travesti entra a una universidad cambia la vida de esa travesti, pero si muchas travestis entran a la universidad cambia la vida de la sociedad”, decía Berkins.
El proyecto de ley contiene aspectos relevantes a tener en cuenta que no solo contemplan el derecho al trabajo, sino también un aspecto de reconocimiento y reparación frente a la quita de derechos por cuestiones de identidad de género.
No tendrá en cuenta antecedentes penales, los cuales se instrumentaban por parte de las fuerzas policiales a través de códigos contravencionales y de faltas que por décadas persiguieron y criminalizaron a las identidades travestis y trans en Argentina. Tampoco exigirá terminalidad educativa para acceder a puestos laborales, contemplando que uno de los tantos derechos vulnerados fue —y aún continúa siendo— el acceso a la educación formal. Las instituciones educativas continúan siendo expulsivas para las identidades trans, lo cual puede ser un obstáculo para acceder a puestos laborales. Asimismo “se permitirá su ingreso con la condición de cursar el o los niveles educativos requeridos”.
De igual manera, no será necesario documentar cambio registral en el Documento Nacional de Identidad —la misma recoge el artículo 12 titulado “Trato Digno” de la Ley de Identidad de Género—, e incorporará incentivos a empresas del sector privado que avancen en la contratación de personas del colectivo travesti-trans. También incorporará la creación de líneas de créditos por parte del Banco Nación con tasa preferencial para el financiamiento de emprendimientos productivos, comerciales y/o de servicios individuales o asociativos destinado a solicitantes travestis, transexuales y transgéneros.
Las leyes no son una solución definitiva para las problemáticas sociales históricas. La mayoría de ellas, como es en este caso, llegan tarde. Pero sin duda confiamos en que son una semilla para empezar a ampararnos, promover y continuar con el proceso de transformación institucional, social y cultural que mejore la calidad de vida tanto de quienes sobrevivieron como de las infancias y adolescencias que manifiesten una identidad de género disidente a los mandatos normativos impuestos arbitrariamente entre sexo y género.
Hoy nuestro país y su coyuntura nos permite entrar en diálogo y habitar espacios que históricamente nos fueron negados. Nuestro principal destino sigue siendo la prostitución (según últimas encuestas, solo en la Ciudad de Buenos Aires 70% de las personas travestis y trans se dedica al trabajo sexual o está en situación de prostitución. Sabemos que en la situación de las provincias el número es aún más grande). En la mayoría de los casos, esto sucede por no contar con otras alternativas para la subsistencia de nuestras vidas.
Es por eso que, en búsqueda de la equidad e igualdad de derechos, continuaremos la lucha y a la espera de la media sanción favorable en la Cámara de Senadores, la cual hará de este proyecto algo más que una ley: una reparación histórica.
(*) V. A. / washingtonpost.com