El Bolsón: Justicia Ordena Suspensión de Seguro en Cuenta Sueldo

Leyó en internet sobre descuentos de seguros y advirtió que le estaba pasando lo mismo: ordenan suspender los débitos

 

 

La medida cautelar, respaldada por el artículo 230 del Código Procesal Civil y Comercial

 

El Juzgado Multifueros local ha emitido una medida cautelar que ordena la suspensión inmediata de débitos automáticos realizados por un seguro desde la cuenta sueldo de un cliente. Este cliente, cuya identidad se mantiene en reserva, emprendió acciones legales después de detectar cargos mensuales por un seguro que asegura no haber contratado.

La historia se desencadenó cuando el demandante, tras ver noticias sobre descuentos inconsultos, decidió revisar minuciosamente sus resúmenes de cuenta. Fue entonces cuando se percató de débitos realizados por Seguro Sura S.A., una póliza que sostiene no haber adquirido en ningún momento.

A pesar de múltiples intentos de cancelar el servicio, tanto en la sucursal como a través de otros canales proporcionados por el banco, los descuentos persistieron, llevando al afectado a buscar justicia. El cliente fundamentó su demanda después de leer en internet sobre casos similares y al constatar que sus esfuerzos por resolver el problema directamente con el banco no dieron resultados satisfactorios.

El relato del demandante incluye visitas infructuosas a la sucursal del banco Patagonia, donde le informaron erróneamente que él había contratado el seguro. A pesar de solicitar la cancelación inmediata en persona, le indicaron que debía llevar a cabo el procedimiento por teléfono, una gestión que resultó imposible de completar.

Finalmente, el 8 de diciembre de 2023, el cliente intentó realizar la baja por home banking, pero los descuentos persistieron. Fue necesario repetir el proceso el 4 de enero de 2024 para lograr la suspensión efectiva del seguro no solicitado.

El fallo del Juzgado Multifueros se apoya en la Ley 24.240, que busca salvaguardar la salud, seguridad y los intereses económicos de los consumidores, así como garantizar sus derechos a recibir información precisa, libertad de elección y un trato equitativo y digno.

La medida cautelar, respaldada por el artículo 230 del Código Procesal Civil y Comercial (CPCC), se justifica en la verosimilitud del derecho del demandante, el peligro de un daño irreparable y la imposibilidad de obtener la suspensión de otra manera. El juzgado considera que los descuentos realizados constituían una afectación a los ingresos del cliente, calificándola como un daño actual y potencialmente grave e irreparable. Este fallo sienta un precedente en la protección de los derechos del consumidor frente a prácticas financieras cuestionables.

Acerca de Angel Daniel Morales

Foto del avatar
Aɴɢᴇʟ Dᴀɴɪᴇʟ Mᴏʀᴀʟᴇs Periodista Independiente DIRECTOR EDITORIAL Diario Digital de El Bolsón – Río Negro 𝖤ɴ ᴛɪᴇᴍᴘᴏ𝗌 ᴅᴇ ᴇɴɢᴀɴ̃ᴏ ᴜɴɪᴠᴇʀ𝗌ᴀʟ ʟᴀ ᴠᴇʀᴅᴀᴅ ᴇ𝗌 ʀᴇᴠᴏʟᴜᴄɪᴏɴᴀʀɪᴀ

Compruebe también

CENTENARIO: LOS LIBANESES EN EL BOLSÓN

CENTENARIO: LOS LIBANESES EN EL BOLSÓN

El pasado 9 de agosto fue otra fecha del calendario de la historia de El …

El Bolsón: hubo interrupción del servicio en la toda la región

El Bolsón: hubo interrupción del servicio en la toda la región

La intensa nevada en la región provoca la caída de ramas y árboles sobre el …

Dejanos tu comentario