Con un decreto publicado en el Boletín Oficial, avanza la reforma para que los salarios de menos de $150.000 dejen de estar alcanzados por el tributo. La AFIP debe informar cómo se instrumenta.
El ente recaudador debe detallar cómo se aplica el nuevo piso de Ganancias y la devolución de lo retenido desde enero.
A más de seis semanas de la sanción de la ley, el Gobierno reglamentó los cambios en el Impuesto a las Ganancias por los que los sueldos de menos de $150.000 brutos mensuales dejan de estar alcanzados por el gravamen.
Lo hizo a través del decreto 336, publicado este martes en el Boletín Oficial, en el que fijó las pautas pero dejó en manos de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) los detalles sobre la implementación de la reforma.
No obstante, la AFIP establecerá con una resolución desde cuándo se cobra el impuesto con el nuevo piso y las deducciones agregadas, las alícuotas especiales para los sueldos de entre $150.000 y $175.000, así como los detalles del reintegro desde inicio del año. Según adelantó el presidente Alberto Fernández, esa devolución se realizará a partir de julio y en cinco cuotas mensuales.
El diputado, Sergio Massa y el presidente Alberto Fernández, a fines de abril cuando se promulgó la ley.
“Resulta necesario encomendar a la AFIP a que realice las adecuaciones normativas necesarias para la aplicación de las modificaciones incorporadas”, se señaló en los considerandos del decreto reglamentario.
Los contadores habían advertido que la liquidación de los sueldos de mayo (que se cobran hasta los primeros días de junio) ya habían comenzado y que sin el decreto reglamentario y la resolución del ente recaudador, las empresas aplican el impuesto con la escala antigua. Así, calculan, recién para los sueldos de junio podrán implementar la reforma.
El decreto publicado este martes, con la firma del Presidente, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Economía, Martín Guzmán, reglamenta el nuevo piso de $150.000 brutos por mes para comenzar a pagar el impuesto, y fija que los jubilados con ingresos de hasta ocho haberes mínimos tampoco estarán alcanzados.
Además, establece que el aguinaldo queda exento del cálculo de Ganancias y suma nuevas deducciones como horas extra, los gastos en indumentaria, las erogaciones por concubino o concubina, el costo de guardería o del jardín materno-infantil para los contribuyentes con hijos de hasta tres años de edad, los gastos educativos y una doble deducción por hijos e hijastros con discapacidad.
Con los cambios, más de 1,2 millón de trabajadores en relación de dependencia y jubilados dejarán de estar alcanzados por Ganancias. El costo fiscal fue estimado en $40.000 millones y se espera que sea compensado con la reforma del gravamen para las sociedades, que ya cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados y que este jueves será tratada por el Senado.
La demora en la reglamentación de Ganancias de la cuarta categoría había generado malestar entre los impulsores de la medida. Así desde el Frente Renovador, que lidera el titular de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, remarcaban la semana pasada que no había dificultades técnicas para poner la reforma en marcha y llevar alivio a esos contribuyentes.