Una justicia desconectada de la realidad económica que licua derechos y premia al Estado que incumple

Un caso concreto en Río Negro expone cómo una sentencia judicial puede reconocer un derecho, pero vaciarlo en los hechos mediante tasas irreales y demoras sin consecuencias.
Una sentencia puede existir y, sin embargo, no valer nada en términos reales. No es una metáfora. Es lo que ocurre en el expediente N° 0419/060/09, tramitado ante el Juzgado Civil, Comercial y de Minería N° 1 de Bariloche, en la causa “Xxxxxxxx…. y otro c/ Municipalidad de El Bolsón s/ Ordinario (daños y perjuicios – en ejecución)”.
En ese caso, la justicia reconoció el derecho y dictó una condena. Pero la forma en que se la ejecuta termina por convertirla en una ficción.
El problema es concreto, se fija una indemnización en pesos en el año 2011 con una tasa del 12% anual hasta que se haga efectivo el pago, en un país con inflación crónica y sostenida muy por encima de ese porcentaje implica, en los hechos, una licuación del crédito.
No es una cuestión técnica menor… es el núcleo del problema. No hace falta ser un especialista para entenderlo, ni jurista ni economista, es puro sentido común
No es neutral ni inocente. Tiene el efecto directo de reducir lo que el Estado debe pagar. Efecto que siempre beneficia al que incumple.
El mensaje es muy claro. El Estado puede no pagar, puede demorar años y, cuanta más demora, mejor le resulta. La justicia, lejos de corregir esa conducta, la termina convalidando.
En este escenario lo que está en juego es el derecho de propiedad, protegido por el artículo 17 de la Constitución Nacional. Un crédito reconocido judicialmente forma parte del patrimonio de una persona. Si ese crédito pierde valor por decisiones que ignoran la realidad económica, el titular resulta despojado de ese derecho.
Sin eufemismos, se trata de una forma de confiscación encubierta.
El problema no se agota en la tasa de interés. También se evidencia en la falta de mecanismos eficaces para obligar al Estado a cumplir en tiempo y forma. Después de años de litigio, el ciudadano queda en una situación de clara desventaja frente al propio Estado condenado.
No hay sanciones proporcionales por el incumplimiento. No hay incentivos reales para pagar a tiempo. La carga, una vez más, recae del lado del ciudadano.
Se configura así una ecuación conocida, perversa y lamentablemente naturalizada, el Estado demora, la inflación licua, la actualización no compensa… y el derecho se deteriora hasta perder buena parte de su valor. Todo dentro de un marco de absoluta formalidad.
Lejos de ser un caso aislado, esta situación refleja un problema más amplio, una justicia que falla como si la moneda fuera estable, como si el tiempo no tuviera impacto y como si los derechos pudieran mantenerse intactos frente a la desvalorización constante.
¿Se trata de un tecnicismo o de una falta de responsabilidad?
Un juez no solo debe dictar sentencias, también debe garantizar que esas decisiones tengan efectos reales. Cuando eso no ocurre, el fallo deja de reparar.
Y cuando el sistema permite que el Estado pague tarde y mal transmite un mensaje preocupante, los derechos de los ciudadanos pueden volverse relativos, negociables y, en última instancia, prescindibles.
Si una sentencia pierde su valor se deteriora un crédito y se deteriora la confianza en la justicia.
Cuando la justicia pierde valor no solo se licua un derecho individual…se licua el Estado de Derecho.
Daniel Mauro Castro
DNI: 18516044
«Autor damnificado en el expediente citado»
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